lunes, 20 de diciembre de 2010

La reforma de las pensiones no afectará a diputados ni a senadores.


Mientras el Congreso planea alargar la edad de jubilación de los 65 a los 67 años, y ampliar el número de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión; blinda los privilegios de los que disfrutan las pensiones de los diputados y senadores.
En la actualidad, un trabajador tiene que cotizar un mínimo de 15 años para tener derecho a una pensión de jubilación. Los 15 años cotizados proporcionan el derecho a cobrar el 50% de la pensión correspondiente; incrementándose un 3% por cada año cotizado hasta los 25 años, que dan derecho al cobro del 80% de la pensión correspondiente. Desde los 25 años hasta los 35 de cotización, el porcentaje se incrementa en un 2% por año cotizado.
Para el cobro del 100% de la pensión es necesario haber cotizado 35 años y cumplido 65 años de edad. Cualquier trabajador se puede jubilar anticipadamente a partir de los 61 años, pero le serán unos coeficientes reductores de entre el 6,5 y el 8% por cada año que falte para cumplir los 65. Asimismo, un trabajador puede seguir trabajando hasta los 70 años, por lo que disfrutará una bonificación anual del 2%.
La reforma del Gobierno que planea elevar de 15 a 20 años los años necesarios para percibir el 50% de la jubilación. Esto supondrá un recorte de las pensiones del 5%, y un ahorro de 10.000 millones de euros. 
Lo más llamativo, es que estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria; de percibir el 80% de su pensión al alcanzar los 7 años de actividad en cualquiera de las Cámaras, que asciende hasta el 90% cuando han cotizado 10 ó 11 años.
Además, mientras que un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años, los senadores y diputados pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, sin aplicársele coeficiente reductor alguno.

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